sábado, 30 de mayo de 2009

Licencias Creative Commons

Se está produciendo un proceso de redefinición del concepto de propiedad intelectual, con nuevos enfoques que han de abordar las bibliotecas, dentro de un permanente conflicto: de un lado, los productores (autores y editores) en el entorno electrónico ven amenazados tanto el control de la distribución como la integridad del documento; por otro lado, las bibliotecas temen que la consulta de cualquier obra tenga que estar sujeta a las leyes del mercado y quede una gran parte de información fuera del espacio público.

El mundo digital requiere nuevas fórmulas, que sin renunciar enteramente a las alusiones a la autoría original permitan e incluso fomenten la libre difusión, uso, copia y transformación de un contenido inédito.

A nivel internacional surgen movimientos de defensa del libre acceso al conocimiento, y sistemas que aportan soluciones que no rechazan totalmente el copyright, como el movimiento copyleft cuyas principales iniciativas son el software libre que defiende el uso libre del programa, el estudio de cómo funciona y su adaptación al usuario mediante el acceso al código fuente, la distribución de copias y la mejora y desarrollos que se hagan públicos, utilizando las denominada licencia GNU (Licencia Pública General) para el amparo jurídico, y en cuanto a los contenidos, la iniciativa Creative Commons, que consiste en diferentes modelos de licencias que permiten copiar y distribuir una obra atribuyendo la autoría de acuerdo a condiciones bien especificadas relativas a su posible explotación y transformación ulteriores.

Como alternativa al tradicional copyright, la iniciativa Creative Commons se define como un tipo de “copyright flexible para el desarrollo del trabajo creativo” y consiste en diferentes modelos de licencias que puede escoger el autor para su propia documentación, y que permiten copiar y distribuir una obra atribuyendo la autoría de acuerdo a condiciones bien especificadas relativas a su posible explotación y transformación ulteriores. Cabe incluso ofrecerla sin contraprestación y convertirla en dominio público.

Licencias Creative Commons
[tomado de http://es.creativecommons.org/licencia/]

Poner vuestras obras bajo una licencia Creative Commons no significa que no tengan copyright. Este tipo de licencias ofrecen algunos derechos a terceras personas bajo ciertas condiciones. ¿Qué condiciones? Esta web os ofrece escoger o unir las condiciones de la siguiente lista. Hay un total de seis licencias Creative Commons para escoger:

attributionReconocimiento (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia hará falta reconocer la autoría.

non commercialNo Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.

no derivate worksSin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada.

share alikeCompartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.


Con estas cuatro condiciones combinadas se pueden generar las seis licencias que se pueden escoger:

by

Reconocimiento (by): Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.
by-nc

Reconocimiento - NoComercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.
by-nc-sa

Reconocimiento - NoComercial - CompartirIgual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
by-nc-nd

Reconocimiento - NoComercial - SinObraDerivada (by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.
by-sa

Reconocimiento - CompartirIgual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
by-nd

Reconocimiento - SinObraDerivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.

Obtener la licencia

Cuando hayas hecho tu elección tendrás la licencia adecuada para tu trabajo expresada de tres formas:
Commons Deed: Es un resumen fácilmente comprensible del texto legal con los iconos relevantes.
Legal Code: El código legal completo en el que se basa la licencia que has escogido.
Digital Code: El código digital, que puede leer la máquina y que sirve para que los motores de búsqueda y otras aplicaciones identifiquen tu trabajo y sus condiciones de uso.

Utilizar la licencia

Una vez escogida la licencia tienes que incluir el botón Creative Commons "Algunos derechos reservados" en tu sitio, cerca de vuestra obra. Este botón enlaza con el Commons Deed, de forma que todos puedan estar informados de les condiciones de la licencia. Si encuentras que tu licencia ha sido violada, entonces tendrás las bases para poder defender tus derechos.





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